Dentro de la gran cantidad de gestiones que hay que hacer durante un proceso de divorcio encontramos el cambio de titular de los contratos de energía o agua. En este sentido, la persona que se quede en la vivienda tendrá que asumir la responsabilidad de los suministros.

 

Durante este artículo te contamos cómo realizar un cambio de titular en energía o agua.

 

 

Cambio de titular en energía tras divorcio

 

Cómo realizar un cambio del titular de electricidad y gas natural tras un divorcio es algo que mucha gente desconoce o que considera que se puede realizar de manera sencilla.

 

Esta gestión es necesaria puesto que eximirá al cónyuge que no permanezca en la vivienda de cualquier obligación y/o responsabilidad sobre los suministros. La persona que continúe viviendo en el domicilio deberá ser el titular de los contratos.

 

Al realizar un cambio de titular tenemos dos opciones: realizarlo con nuestra compañía actual o bien realizar un cambio de titular con cambio de compañía. Siempre que se vaya a hacer una modificación en la tarifa de energía es recomendable realizar una comparativa para ver si existe alguna tarifa que nos ofrezca mejores condiciones que las que tenemos en la actualidad.

 

Indiferentemente del tipo de cambio de titular que se vaya a realizar, deberá ser el nuevo titular el que haga la gestión y la compañía comercializadora nos solicitará cierta información para realizar el cambio de titular:

 

  • Datos personales y de contacto tanto del anterior como del nuevo titular
  • Dirección exacta del punto de suministro: es importante tener una factura delante puesto que, en ocasiones, la dirección de la distribuidora no coincide con la dirección postal.
  • Número CUPS: el Código Unificado del Punto de Suministro es como el DNI de la vivienda. Se puede encontrar en la factura.
  • Número de cuenta bancaria: para la domiciliación de los recibos.
  • Suministro de electricidad: se debe indicar la potencia contratada en el suministro, así como la nueva potencia si se quiere realizar un cambio.
  • Suministro de gas natural: se debe informar sobre la tarifa o el peaje de acceso de la vivienda, que será de 3.1 o 3.2.

 

 

 

Cambio de titularidad del agua

 

Al realizar un cambio de titular del agua no se puede realizar un cambio de compañía. Esto se debe a que el mercado del agua no está liberalizado, sino que es una única compañía la que se encarga de una zona en concreto. Por ello, para realizar un cambio de titular en el agua deberemos hablar con la compañía que gestiona esto en nuestra zona.

 

El cambio de titular se puede realizar de manera física en una oficina o bien a través de la página web. De la misma manera que en la energía, tras un divorcio, la persona que siga residiendo en la vivienda deberá ser la titular del contrato de agua.

 

El que será el nuevo titular deberá presentar cierta información y documentación para realizar el trámite:

 

  • Impreso de cambio de titularidad: este documento se puede descargar desde la web o bien se puede rellenar de manera presencial en la oficina. El documento deberá ir firmado tanto por el antiguo como por el nuevo titular. Fotocopia de un documento en el que se acredite el derecho al uso de la vivienda del que va a ser el nuevo titular, por ejemplo la escritura, una nota simple del registro, el contrato de alquiler o el último recibo del IBI.
  • Fotocopia del DNI o NIE, de todos los firmantes del impreso: es decir, documento de identidad oficial del anterior y el nuevo titular.
  • Lectura del contador.

Domiciliación bancaria: si se quieren domiciliar los recibos.